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Ranking IRI

Índice de Relacionamiento Indígena (IRI)

Engie Chile — IRI 2026

II-IRI-cmr5d62bf002v1n4qjumoukvy
Empresa
Engie Chile
Año del índice
2026
Puntaje IRI
50 / 100
Nivel
En desarrollo

Resumen

Se verificó la evaluación de ENGIE Energía Chile contra su fuente primaria (Memoria Integrada EECL 2025, 329 págs., descargada y extraída) y fuentes de terceros citables sobre el caso Parque Eólico Calama/Asachi. Confirmaciones: (1) La Memoria formaliza el compromiso DDHH en el Código de Ética, evaluación anual de riesgos DDHH integrada en expedientes de proyecto, adhesión a la ley francesa de deber de vigilancia y un Comité de Vigilancia que en 2025 abordó 'Comunidades y Medio Ambiente' (cierre de unidades/remediación en Antofagasta) — pág. 83, 124, 145. (2) La Línea de Denuncias Comunitarias existe con registro, gestión por Comité de Ética, investigación en plazo máx. 2 meses y medidas de reparación — pág. 83. (3) Trabajo con las 6 comunidades del Alto Loa y la comunidad atacameña de Chiu-Chiu (energización FV del museo/Centro Arqueológico San Francisco de Chiu-Chiu) — pág. 69, 71. Hallazgos críticos: (a) La Memoria 2025 NO contiene las palabras 'indígena', 'pueblos originarios', 'Convenio 169', 'consulta previa' ni menciona a 'Asachi' ni al Parque Eólico Calama en ninguna de sus 329 páginas — el foco indígena en A1/A2 solo existe a nivel de política corporativa/global sin práctica indígena chilena específica documentada en la propia fuente. (b) El caso Asachi/Parque Eólico Calama es real y ENGIE es el titular, pero se verifica por prensa/tribunal (Nueva Minería 2020; 1er Tribunal Ambiental), NO por la Memoria; el acuerdo/desistimiento (marzo 2020) se manejó 'con reserva', la empresa no se refirió a él, y el dirigente describe un consenso puntual sobre la cantera de barro y el cruce del territorio, sin co-diseño bajo gobernanza indígena autónoma ni consentimiento formal documentado. (c) ALERTA DE ATRIBUCIÓN: el Parque Eólico Ckhúri (demanda por daño ambiental patrimonial de la Comunidad Indígena Atacameña de Conchi Viejo, rechazada por el 1er Tribunal Ambiental en agosto 2025) NO es de ENGIE sino de AR Alto Loa SpA — no debe atribuirse a ENGIE. No existe fallo ni sanción firme que toque derechos indígenas contra ENGIE: el caso Calama terminó en acuerdo y el Ckhúri es de otro titular y fue rechazado; por tanto ajusteE1=0 en todas las acciones. Veredicto global: la evaluación es defendible en su estructura y niveles, pero requiere correcciones de precisión antes de enviar (ver notas A3/A5).

Cómo citar este hallazgo

impactoindigena.ai. (2026). Engie Chile — IRI 2026. Folio II-IRI-cmr5d62bf002v1n4qjumoukvy. Recuperado el 24 de julio de 2026, de https://impactoindigena.ai/folio/iri/cmr5d62bf002v1n4qjumoukvy

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